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Denuncia de violencia sexual en un UPD

derechos de las adolescentes y revictimización social

La denuncia de violencia sexual ocurrida durante el festejo del Último Primer Día (UPD) de estudiantes de la escuela Gabriela Mistral, el 5 de marzo de 2025, no puede analizarse únicamente como un expediente penal, o un hecho aislado. El testimonio de su denunciante expone una problemática más profunda, las dificultades y vulneraciones que enfrentan niñas y adolescentes cuando relatan hechos de violencia sexual, especialmente cuando ese relato ocurre dentro de una comunidad que no garantiza su protección.

Según se denuncia, una adolescente relata haber sido agredida sexualmente por un compañero de curso en un baño del lugar donde se realizaba la celebración. En su relato, explica que durante el episodio logró comunicarse con su novia para pedir ayuda, manifestando que no podía salir de la situación que había sido forzada por su compañero. La madre fue alertada y acudió al lugar para asistirla. Posteriormente se activó el protocolo médico correspondiente y el examen registró lesiones compatibles con un episodio de agresión sexual, además de otras lesiones corporales que coincidían con lo narrado por la joven. La adolescente prestó declaración de casi 2 horas mediante el procedimiento de Cámara Gesell y se incorporaron al expediente elementos materiales, entre ellos ropa íntima que presentaba signos de desgarro.

Cultura de la violación

Más allá de lo que determine la investigación judicial, lo ocurrido alrededor de la denuncia revela una dinámica social que resulta relevante desde un enfoque de derechos humanos. Diversos organismos internacionales han advertido que las niñas y adolescentes que denuncian violencia sexual suelen enfrentar procesos de revictimización o victimización secundaria. Este concepto describe el daño adicional que puede producirse cuando instituciones, autoridades o comunidades responden al relato de la víctima con incredulidad, hostigamiento o decisiones que terminan agravando su situación de vulnerabilidad.

En este caso, además, la situación se encuentra atravesada por al menos dos dimensiones de desigualdad estructural. Por un lado, la desigualdad de género que históricamente ha condicionado la manera en que se reciben y evalúan las denuncias de violencia sexual. Por otro, la dimensión vinculada a la orientación sexual de la adolescente, quien había mantenido vínculos afectivos con mujeres y atravesaba un proceso personal de exploración de su sexualidad. Según su propio relato, el compañero denunciado, era su mejor amigo, conocía esa situación y había conversado con ella en distintas oportunidades sobre ese tema. Lo que denuncia es que ese límite fue desoído y que el joven se impuso en la situación, algo que en un proncipío habria asumido con pedidos de disculpas tras el hecho, pero que posteriormente negó.

Muchas agresiones sexuales ocurren dentro de vínculos de confianza. La creencia social de que este tipo de violencia proviene principalmente de desconocidos invisibiliza una realidad ampliamente documentada, con frecuencia las agresiones ocurren entre personas que se conocen o mantienen algún tipo de relación previa. Cuando el agresor forma parte del círculo cercano, la reacción del entorno puede ser especialmente compleja, ya que la comunidad tiende a intentar preservar la estabilidad del grupo antes que confrontar el conflicto.

Posterior a la denuncia circularon mensajes en grupos de mensajería y redes sociales que ponían en duda la palabra de la adolescente. En la cuenta de la promo de la escuela se difundió una publicación que revelaba su identidad y le exigía públicamente que se fuera del colegio. 

En este contexto, la institución educativa dispuso que la denunciante continuara sus estudios de manera virtual mientras el estudiante señalado seguía asistiendo presencialmente, a pesar de que existian en la institución registros de episodios de violencia por parte de este estudiante previo a lo denunciado en el UPD. Un tiempo despúes. el joven fue suspendido y paso a tener clases virtuales, luego de que otras alumnas alertaran sobre episodios de violencia que habrían sido registrados por cámaras de seguridad dentro de la escuela, pero para ese momento la adolescente que denuncio al joven, ya había dejado la institución tras semanas de hostigamiento.

Responsabilidad adulta

Situaciones como esta plantean interrogantes importantes en relación con las obligaciones de protección que tienen las instituciones educativas frente a denuncias que involucran a menores de edad. La Convención sobre los Derechos del Niño establece que el interés superior del niño debe ser una consideración primordial en todas las decisiones que los afecten. En contextos de violencia sexual, ese principio implica garantizar medidas que protejan a la persona que denuncia, eviten su exposición pública y aseguren la continuidad de su trayectoria educativa sin que deba enfrentar nuevas formas de violencia o aislamiento.

El clima social que rodeó el caso también estuvo marcado por la difusión de la idea de que la denuncia podía ser falsa. Este tipo de discursos ha sido señalado por organismos internacionales como un obstáculo relevante para el acceso a la justicia en casos de violencia sexual. El Comité de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) ha advertido que los estereotipos de género pueden influir en la valoración de las denuncias y en la credibilidad otorgada al testimonio de las mujeres y niñas. Cuando estos prejuicios se instalan en el debate público, el foco suele desplazarse desde la investigación de los hechos hacia la legitimidad de quien denuncia.

En paralelo, el caso también estuvo atravesado por episodios de discusión mediática que desviaron la atención del hecho denunciado. Durante el período en que el joven imputado debía presentarse a declarar ante la justicia, se instaló públicamente una narrativa que sostenía que un acto procesal debió ser suspendido por la presencia de un escrache que nunca existió y en el expediente se aduce que su comparecencia había sido impedida por la presencia de personas de la prensa en la escuela, algo que la misma escuela desmintió explicando que el menor ni siquiera habia presentado nada ante la institución para presentarse a cumplir con sus obligaciones ante la justicia.

El tipo de discusiones que instaló la abogada de la defensa desplazó el foco del análisis hacia conflictos secundarios y dejó en segundo plano cuestiones centrales como la protección de los menores involucrados y la necesidad de evitar procesos de revictimización como los que estaban sucediendo. La propia adolescente relató posteriormente las consecuencias emocionales que atravesó durante el proceso, incluyendo angustia intensa, miedo y episodios de autolesión a raíz de la insensibilidad de adultos y sus publicaciónes. Diversas investigaciones han mostrado que el impacto psicológico de la violencia sexual puede agravarse cuando la víctima enfrenta hostigamiento social, descrédito o aislamiento institucional.

Programa de TAQC con un informe especial sobre la responsabilidad de adultos en esta causa,

Desde una perspectiva de derechos humanos, el caso plantea un desafío más amplio que la determinación de responsabilidades penales. También interpela a las comunidades educativas, a las familias, a los medios y a la sociedad en general sobre la manera en que se recibe y se procesa el relato de niñas y adolescentes que denuncian violencia sexual. Las niñas tienen derecho a ser escuchadas, a que sus testimonios sean considerados con seriedad y a que las instituciones actúen con la debida diligencia para investigar los hechos sin exponerlas a nuevas vulneraciones.

Fragmento de un testimonio presentado por la defensa de una madre que cuidaba en el UPD

Garantizar ese enfoque no implica renunciar a las garantías del debido proceso ni a la presunción de inocencia. Implica reconocer que la protección de los derechos de niñas y adolescentes requiere respuestas institucionales cuidadosas, que eviten reproducir los prejuicios y las prácticas que históricamente han dificultado el acceso a la justicia en casos de violencia sexual.

La voz de esta adolescente muestra que, cuando la reacción social se organiza alrededor de la sospecha, el hostigamiento o la indiferencia, quienes denuncian pueden terminar soportando una carga adicional que profundiza su vulnerabilidad. La discusión que deja este caso no sólo se relaciona con la investigación judicial, sino también con la capacidad de las comunidades para garantizar que niñas y adolescentes puedan contar lo que les ocurre sin temor a quedar expuestas a nuevas formas de violencia o exclusión.