Cookies

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios.

Detener a un periodista mientras trabaja

por qué lo ocurrido con Luis Lobos y su familia es ilegal y no es un hecho aislado

por Manuela Calvo

La detención del periodista riojano Luis Lobos mientras realizaba una cobertura en la vía pública no constituye un simple “exceso” o un error operativo, se trata de un hecho que, a la luz del marco legal argentino e internacional, resulta incompatible con el ejercicio de la libertad de prensa y con las garantías básicas que deben regir toda intervención policial en democracia.

El episodio vuelve a poner en discusión un problema más profundo, la reiteración de prácticas policiales irregulares que afectan no solo a trabajadores de prensa, sino a ciudadanos y ciudadanas en general.

Antecedentes de violencia contra periodistas

En Argentina, el trabajo periodístico en la vía pública está protegido por la Constitución Nacional y por tratados internacionales con jerarquía constitucional. Estos marcos establecen que la prensa tiene derecho a registrar y documentar hechos de interés público en espacios públicos y que las fuerzas de seguridad no pueden impedir una cobertura salvo en situaciones excepcionales, debidamente justificadas.

La interrupción de una cobertura periodística durante un procedimiento policial, sin fundamentos legales claros, configura una restricción ilegítima a la libertad de expresión y al derecho de la sociedad a informarse. Cuando además se produce una demora o detención sin causa objetiva, se vulnera el principio de legalidad que rige toda actuación policial.

Las fuerzas de seguridad no pueden actuar por sospecha genérica ni por incomodidad ante la presencia de cámaras. El control ciudadano y periodístico sobre los actos estatales es parte esencial del sistema democrático.

Lo que establece UNESCO sobre el accionar policial frente a periodistas

Los estándares internacionales son claros. El Modelo de Protocolo de Intervención e Interacción de las Fuerzas de Seguridad con Periodistas elaborado por UNESCO y el Instituto Interamericano de Derechos Humanos establece que la libertad de prensa es un derecho fundamental que debe ser garantizado por el Estado, incluidas sus fuerzas de seguridad.

El documento señala que ningún periodista debe ser objeto de represalias ni de obstáculos por cubrir protestas, operativos o hechos de interés público. Las fuerzas de seguridad no deben impedir, obstaculizar ni interferir en la labor periodística ni en el registro audiovisual de operativos públicos. Los efectivos tienen la obligación de identificarse adecuadamente durante los procedimientos y facilitar el ejercicio de la prensa. El Estado debe proteger a periodistas frente a amenazas o agresiones y sancionar cualquier abuso proveniente de sus propias fuerzas.

Además, el protocolo indica que impedir la documentación de operativos o realizar detenciones arbitrarias a periodistas no solo vulnera derechos individuales, sino que debilita la transparencia y la rendición de cuentas de las instituciones de seguridad. En ese sentido, lo ocurrido con Lobos contraviene estándares internacionales que Argentina reconoce y se comprometió a respetar.

Un patrón que excede un solo caso

El caso de Lobos no puede analizarse como un episodio aislado. En los últimos años se multiplicaron los testimonios de ciudadanos que relatan haber sido demorados, requisados o identificados sin causa en procedimientos policiales. Estas prácticas, muchas veces naturalizadas, generan un clima de intimidación y vulnerabilidad.

En La Rioja, existen antecedentes preocupantes vinculados a muertes ocurridas durante intervenciones policiales o en el servicio penitenciario provincial. Estos hechos, que han generado conmoción pública en distintos momentos, evidencian la necesidad urgente de controles efectivos y mecanismos de rendición de cuentas.

Antecedentes de violencia contra periodistas

El episodio que involucra a Luis Lobos se inscribe en un contexto más amplio de hostigamiento y violencia contra periodistas que investigan temas sensibles.

Sin ir más lejos, estan las denuncias que realicé en torno a los hechos sufridos por mi hijo. Tras amenazas directas dirigidas contra él como represalia por mi labor periodística. Mi hijo fue víctima de tres episodios de abuso policial que denuncié públicamente y al día de hoy ni conozcemos los nombres de los operativos arbitrarios recurrentes, ni que medidas se tomaron al respecto. 

La gravedad de los hechos y el contexto de hostigamiento sostenido motivaron nuestro exilio temporal como única medida de resguardo. Sin embargo, al regresar al país se produjo el tercer episodio de abuso policial. Frente a esta reiteración y ante la obstrucción sistemática de su libertad ambulatoria por parte de las fuerzas de seguridad, presentamos un hábeas corpus preventivo para garantizar su derecho a circular sin ser interceptado arbitrariamente, el cual hasta la fecha permanece sin respuesta.

Cuando periodistas o sus entornos familiares son objeto de prácticas intimidatorias sin respuesta estatal adecuada, se genera un efecto disciplinador que impacta sobre todo el campo periodístico.

La necesidad de respuestas institucionales

La reiteración de detenciones y requisas arbitrarias, la falta de identificación de efectivos y la interrupción de coberturas periodísticas configuran un problema estructural que no puede resolverse solo con sumarios administrativos.

La reiteración de detenciones y requisas arbitrarias, la falta de identificación de efectivos y la interrupción de coberturas periodísticas configuran un problema estructural que no puede resolverse solo con sumarios administrativos.

La reiteración de detenciones y requisas arbitrarias, la falta de identificación de efectivos y la interrupción de coberturas periodísticas configuran un problema estructural que no puede resolverse solo con sumarios administrativos.